Los que firmaron el “Acuerdo por Valparaíso” para instalar un monopolio portuario, ignoran los Principios de Imparcialidad

Todos saben que con suerte sé escribir, sin embargo, aprendí a leer y entender textos jurídicos y de Contraloría, producto de las peleas que tuvimos más de 13 años contra la trasnacional de Falabella, las gobernaciones e intendentes, los municipios y los directorios y gerentes de la Empresa Portuaria Valparaíso (EPV), que funcionaron durante ese periodo.
Creo que en este caso bien vale el refrán “no existe peor ciego que el que no quiere ver” la reciente controversia en torno a la Empresa Portuaria de Valparaíso (EPV), la Gobernación Regional y el Municipio ha puesto de manifiesto la alarmante negligencia de los equipos legales de estas instituciones, por no advertir a sus superiores de que al firmar el famoso acuerdo desafiaban las recomendaciones de la Contraloría General de la República, socavado los principios esenciales de imparcialidad y probidad en la gestión pública, porque no basta con consensos producto de procesos de diálogos conciliando voluntades, porque a la gente de la ciudad, no se les explicó que seguirán empobreciéndose, producto de la monopolización total de las faenas del puerto.
La falta de entendimiento o la desestimación de los criterios establecidos por la Contraloría es el problema central en esta controversia. Los abogados y sus jefes (autoridades) parecen ignorar que no es necesario que un conflicto de interés se concrete para que un acuerdo sea cuestionable. Basta con la mera posibilidad de comprometer la imparcialidad de los organismos públicos.
Estos profesionales del derecho parecen no reconocer que un acuerdo puede ser objetable simplemente por su potencial para afectar la imparcialidad requerida en la administración pública. La ley no solo exige que los organismos del Estado y los servicios de la ciudad estén de acuerdo; demanda un estándar más elevado de transparencia y objetividad.
Al firmar convenios que permiten la intervención de terceros en áreas donde el Estado debe ejercer su labor de fiscalización, se compromete la autonomía necesaria para garantizar el cumplimiento de la ley y la protección del interés público.
La Contraloría ha señalado que el uso de instalaciones de entidades privadas para reuniones con funcionarios públicos puede infringir el principio de probidad y facilitar prácticas de lobby que eluden la regulación vigente. Este comportamiento socava la confianza ciudadana y pone en riesgo la integridad de la gestión pública.
La situación demanda una revisión exhaustiva de los acuerdos firmados y una capacitación urgente para los equipos legales de la EPV, la Gobernación y el Municipio. Es imperativo que se comprenda la importancia de la independencia en la gestión pública y que se eviten acuerdos que, aunque bien intencionados, puedan comprometer la transparencia y la confianza de la ciudadanía.
La Contraloría ha sido clara: la ley debe prevalecer sobre cualquier acuerdo político o administrativo. Es hora de que los abogados de estas instituciones asuman su responsabilidad y ajusten sus actuaciones a los principios legales y éticos que rigen la administración pública. La ciudadanía merece una gestión transparente y libre de conflictos de interés. ¡La ley y la integridad deben ser siempre la guía!
Adjuntaré los documentos de Contraloría que hace rato existen para que estos jurisconsultos, como les decía mi abuelo, les digan a sus jefes que cometieron un error y que no los leyeron, o mejor, que los desconocían.
Jorge Bustos
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