Los negocios a futuro del Intendente
Fecha:
15 Marzo 2017
La frescura del Gabriel Aldoney no tiene
límites, se ha confabulado con la Empresa
Portuaria de Valparaíso (EPV), para quitarle
la administración del SITIO de La Ciudad
Patrimonial al Municipio de Valparaíso, bajo
el pretexto de que “el Estado parte, Chile,
carecía de leyes y normas para coordinar las
acciones en pos de la preservación,
mantención y rescate de lo patrimonial” y
que por lo tanto se creaba esta
“Corporación” híbrida entre lo público y
privado, conformada por la CMN, el
intendente y EPV, los mismos que han
propuesto el Terminal Nº2 y el Mall Barón..
En otras palabras, se crea el escenario propicio para vender todo el Borde Mar y poner en
riesgo La Ciudad Patrimonial, dejando sin recursos propios a la ciudad y entregando
dineros de todos los chilenos a los españoles de OHL y al grupo Solari (más conocidos
como Falabella).
Las interrogantes que surgen es por qué desde del 2003 a la fecha no crearon leyes que resolvieran el supuesto caos, y por qué, en ausencia de leyes, crean un organismo que solo asegura cumplir los deseos de las empresas privadas y no dar respuesta a las propuestas de los ciudadanos activos de Valparaíso. Frente a esto uno podría también pensar que esta nueva “iniciativa” no es más que otra caja pagadora para los parásitos del Estado, pues la experiencia nos ha demostrado que no todos los recursos entregados se invierten en obras, sino también algunos constituirán pagos de “coimisiones” por los estudios que se mandaran a pedir, tal como lo que ocurrió con los dineros del BID.
El argumento en el cual se basó esta justificación, aparte de pobre es burdo. Lo que ocurre de verdad es que las autoridades simplemente NO quisieron cumplir el Tratado de Unesco, que es Ley de la República a través del Decreto 259 de RREE. Por negligencia o intencionadamente NO se cumplió ni se coordinó su cumplimiento.
El decreto 259 obligaba al administrador del Sitio (municipio), al Punto Focal CMN) y al Estado Parte, a actuar coordinadamente. Más aún, según la Ley 18.575 de la Administración del Estado en su art. Nº 3 indica la “obligación” no solo de coordinar, sino también de cumplir los planes nacionales, regionales y comunales.
¿Cuál es la intencionalidad?, claramente No entregar dineros al Municipio, porque se asume que los malgasta, pero hay recordar que quien se gastó más del 50 % de los recursos internacionales en estudios y análisis fue Cornejo, no fue Castro y menos Sharp.
Puedo equivocarme en mis juicios y apreciaciones, aunque las muestras son evidentes. Por ello, los invito a movilizarse, a manifestarse ante esta acción oscura y mal justificada, a romper el espiral de abuso permanente del que somos víctimas los ciudadanos comunes.
Todos juntos para defender lo que es justo.
Jorge Bustos
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